175 Ofertas de Higiene Bucodental en España
Docente FP Higiene Bucodental
Publicado hace 7 días
Trabajo visto
Descripción Del Trabajo
¿Quieres trabajar en el sector de la formación como docente? ¿Te gustaría formar parte de una empresa consolidada y con un ambicioso proyecto de expansión? ¿Te gusta el trato con las personas y posees grandes habilidades comunicativas? ¡Quizás te pueda interesar esta oferta!
Grupo Coremsa es una empresa del sector de la formación a nivel nacional con más de 20 años de experiencia en el sector, especializada en la formación para el empleo y formación profesional con titulación oficial.
Creemos firmemente en el respeto, la diversidad y la igualdad de oportunidades. Nos esforzamos por construir un entorno laboral inclusivo, donde todas las personas sean valoradas por su talento y contribución, independientemente de su género, edad, raza, religión, orientación sexual, identidad de género, discapacidad o cualquier otra característica personal. Estamos comprometidos a garantizar procesos de selección libres de sesgos y a promover un equipo diverso que refleje la riqueza de perspectivas de nuestra sociedad.
Si compartes nuestros valores de igualdad, equidad e inclusión, ¡te invitamos a formar parte de nuestro equipo!
Se requiere incorporar un/a docente de Odontología para impartir los siguientes módulos formativos del Técnico Superior en Higiene Bucodental en nuestro de formación profesional Cesur de Zaragoza.
Módulos a Impartir- Epidemiología de la salud oral
- Incorporación: Septiembre 2025.
- Contrato: Indefinido.
- Salario según convenio estatal de formación reglada.
- Jornada anual aprox.: 104,19 horas anuales. 7,86 % de jornada.
- Horario lectivo de mañana según calendario escolar, algunas horas de tarde para tutorías y claustros.
- Modalidad: Presencial.
- Licenciatura/ Grado en Odontología o Sociología
- CAP o el Máster del Profesorado.
Profesionista en Higiene Bucodental
Hoy
Trabajo visto
Descripción Del Trabajo
Descripción del puesto:
ResumenNecesitamos a un profesional con formación en higiene bucodental o auxiliar dental para brindar atención integral a pacientes y realizar actividades de prevención, diagnóstico y tratamiento inicial de enfermedades periodontales y caries.
Requisitos y habilidades- Tener una carrera universitaria en odontología o campo relacionado.
- Dominar técnicas de limpieza y desinfección de instrumental y áreas de trabajo.
- Mantener habilidades en detección de placa y cálculo dental, así como identificar signos de problemas de salud oral.
- Desarrollar conocimientos avanzados en higiene bucodental, odontología y periodoncia, prótesis y cirugías.
- Obtener experiencia previa en clínicas odontológicas.
- Dominar técnicas de higienización bucal y manejo de productos sanitarios.
- Contrato laboral indefinido.
- Horario completo en un entorno clínico moderno.
- Formación continua y oportunidades de crecimiento profesional.
- Otros beneficios adicionales según las políticas de la empresa.
Docente FP Higiene Bucodental
Hoy
Trabajo visto
Descripción Del Trabajo
¿Quieres trabajar en el sector de la formación como docente? ¿Te gustaría formar parte de una empresa consolidada y con un ambicioso proyecto de expansión? ¿Te gusta el trato con las personas y posees grandes habilidades comunicativas? ¡Quizás te pueda interesar esta oferta!
Grupo Coremsa es una empresa del sector de la formación a nivel nacional con más de 20 años de experiencia en el sector, especializada en la formación para el empleo y formación profesional con titulación oficial.
Creemos firmemente en el respeto, la diversidad y la igualdad de oportunidades. Nos esforzamos por construir un entorno laboral inclusivo, donde todas las personas sean valoradas por su talento y contribución, independientemente de su género, edad, raza, religión, orientación sexual, identidad de género, discapacidad o cualquier otra característica personal. Estamos comprometidos a garantizar procesos de selección libres de sesgos y a promover un equipo diverso que refleje la riqueza de perspectivas de nuestra sociedad.
Si compartes nuestros valores de igualdad, equidad e inclusión, ¡te invitamos a formar parte de nuestro equipo!
Se requiere incorporar un/a docente de Odontología para impartir los siguientes módulos formativos del Técnico Superior en Higiene Bucodental en nuestro de formación profesional Cesur de Zaragoza.
Módulos a Impartir- Epidemiología de la salud oral
- Incorporación: Septiembre 2025.
- Contrato: Indefinido.
- Salario según convenio estatal de formación reglada.
- Jornada anual aprox.: 104,19 horas anuales. 7,86 % de jornada.
- Horario lectivo de mañana según calendario escolar, algunas horas de tarde para tutorías y claustros.
- Modalidad: Presencial.
- Licenciatura/ Grado en Odontología o Sociología
- CAP o el Máster del Profesorado.
Docente FP Higiene Bucodental (Online)
Publicado hace 9 días
Trabajo visto
Descripción Del Trabajo
Overview
Join to apply for the Docente FP Higiene Bucodental (Online) role at Grupo Coremsa .
¿Quieres trabajar en el sector de la formación como docente online? ¿Te gustaría formar parte de una empresa consolidada y con un ambicioso proyecto de expansión? ¿Te gusta el trato con las personas y posees grandes habilidades comunicativas? ¡Quizás te pueda interesar esta oferta!
Grupo Coremsa es una empresa del sector de la formación a nivel nacional con más de 20 años de experiencia en el sector, especializada en la formación para el empleo y formación profesional con titulación oficial. Creemos firmemente en el respeto, la diversidad y la igualdad de oportunidades. Nos esforzamos por construir un entorno laboral inclusivo, donde todas las personas sean valoradas por su talento y contribución, independientemente de su género, edad, raza, religión, orientación sexual, identidad de género, discapacidad o cualquier otra característica personal. Estamos comprometidos a garantizar procesos de selección libres de sesgos y a promover un equipo diverso que refleje la riqueza de perspectivas de nuestra sociedad. Si compartes nuestros valores de igualdad, equidad e inclusión, ¡te invitamos a formar parte de nuestro equipo!
Se requiere incorporar un/a docente de Higiene Bucodental para impartir docencia online en los siguientes módulos formativos:
Responsibilities- Epidemiología en salud oral.
- Conservadora, periodoncia, cirugía e implantes.
- Proyecto de Higiene Bucodental.
- Estudio de la cavidad oral.
- Recepción y logística en la clínica dental.
- Educación para la salud oral.
- Aparatos de Ortodoncia y Férulas Oclusales.
- Diseño CAD CAM.
- Restauraciones y recubrimientos estéticos.
- Técnicas de ayuda odontológica/ estomatológica.
- Incorporación: septiembre 2025.
- Contrato: Indefinido.
- Salario según convenio estatal de formación reglada.
- Jornada parcial a determinar en función de los módulos formativos que se puedan asignar.
- Horario flexible (teletrabajo).
- Grado/ Licenciatura: Odontología.
- CAP o el Máster del Profesorado.
- Control y conocimiento plataformas Moodle. Curso 100h Moodle.
- Not Applicable
- Part-time
- Education and Training
- Education Administration Programs
Bolsa Única de empleo temporal de Técnico Superior en Higiene Bucodental. Inscripción y aportac[...]
Publicado hace 3 días
Trabajo visto
Descripción Del Trabajo
Descripción
Bolsa de empleo temporal en la categoría de Técnico Superior en Higiene Bucodental para todos los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS).
Plazo y baremación- Plazo: abierto permanentemente.
- Baremación: Valoración de méritos relacionados hasta el 31 de mayo.
- Fecha de corte para la aportación de méritos hasta el 15 de junio.
Tasa No requiere el pago de tasas
Bolsa de empleo- Titulación: Técnico Superior de Higiene Bucodental
- Sistema de selección
- Valoración de méritos
- Más información
Se indican a continuación los requisitos que deberán reunir los aspirantes, y el baremo para la valoración de los méritos.
- Tener nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo u ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores conforme al Tratado de la Unión Europea o a otros tratados ratificados por España, o tener reconocido tal derecho por norma legal. Asimismo, podrá participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
- Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa establecida en las normas de Seguridad Social.
- Tener la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
- Estar en posesión del título exigido para acceder a la categoría de la bolsa que se convoca.
- No haber sido sancionado con separación del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, en los términos y durante el plazo que se establezca en la legislación aplicable, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial firme para empleo o cargo público por resolución judicial.
- En el caso de las personas nacionales de los otros Estados mencionados, además de no encontrarse inhabilitados o en situación equivalente, por sanción alguna para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro, deberán no haber sido separados por sanción disciplinaria o equivalente de alguna de sus Administraciones o Servicios Públicos.
- No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada, cualquiera que sea su situación administrativa.
- Acreditar, en el momento de la formalización del nombramiento, no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, así como por trata de seres humanos, mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, o autorizar su consulta por medios electrónicos.
Por servicios prestados, acreditados mediante vida laboral y certificación original expedida en modelo normalizado por el Gerente, Director de Gestión o figura análoga de la institución en la que se hubieran prestado los servicios :
- Por cada mes completo de servicios prestados en la categoría convocada estatutaria, o categoría equivalente como funcionario o laboral en instituciones sanitarias públicas adscritas o dependientes del Sistema Nacional de Salud o de los distintos Servicios de Salud Públicos de la Unión Europea, dentro de la normativa vigente de libre circulación : 0,30 puntos.
- Por cada mes completo de servicios prestados en la categoría convocada o categoría equivalente en Instituciones de Administraciones Públicas diferentes al Sistema Nacional de Salud o diferentes a los distintos Servicios de Salud Pública de la Unión Europea : 0,20 puntos.
- Por cada mes completo de servicios prestados en la categoría convocada en instituciones sanitarias privadas españolas y de la Unión Europea, concesionadas o con concierto asistencial y/o acreditación docente, justificados documentalmente, y computados desde la fecha del concierto y/o acreditación, justificados mediante vida laboral y certificado o contrato de trabajo : 0,10 puntos.
- Por cada mes completo de servicios prestados en la categoría convocada en centros sanitarios / sociosanitarios privados, justificados mediante vida laboral y certificado o contrato de trabajo : 0,05 puntos.
Para la valoración del apartado 1 relativo a la "Experiencia profesional" se tendrá en cuenta lo siguiente :
- A efectos de valoración del apartado "Experiencia profesional", un mismo periodo de tiempo no podrá ser objeto de valoración por más de uno de los subapartados, tomándose en consideración el más beneficioso para el solicitante, excepto los servicios prestados a tiempo parcial en un mismo período, que se computarán hasta completar el 100% de la jornada laboral, sin que el exceso de jornada pueda ser valorado.
- El cómputo de los servicios prestados a tiempo parcial se realizará de forma proporcional al tiempo completo, a excepción de los periodos de reducción de jornada por guarda legal de los titulares, que se hará a tiempo completo. Sin embargo, las sustituciones de estas reducciones por guarda legal se valorarán en proporción a la jornada trabajada. Los períodos de permiso de gestación, descanso maternal, lactancia acumulada y permiso de paternidad, así como las situaciones de excedencia por cuidado de hijos o familiares computarán como tiempo trabajado.
- Los servicios prestados con nombramiento para la realización de turnos de atención continuada como personal de refuerzos o guardias, se computarán con el criterio de equivalencia de un mes completo por 140 horas trabajadas en dicho mes, o la parte proporcional que corresponda a la fracción; además se incluirán por el mes de vacaciones, 140 horas o la parte proporcional que corresponda. Si dentro de un mes natural se realizaron más de 140 horas, solamente podrá valorarse un mes, sin que el exceso de horas efectuado pueda ser aplicado para el cómputo de servicios prestados en otro mes. Estos certificados deberán expresarse en horas distribuidas en meses naturales.
- Se entiende por mes el conjunto de 30 días naturales. Para el cómputo de los servicios prestados, se sumarán en días todos los períodos y se dividirán por 30.
máximo 20 puntos
Formación continuada (máximo 16 puntos)Se valorará la realización de cursos de formación continuada dirigidos a la misma categoría profesional, que hayan sido realizados y obtenidos con posterioridad a la fecha de obtención del título de Técnico Superior de Higiene Bucodental o titulación equivalente, siempre que cumplan alguna de las siguientes características :
- Formación directamente relacionada con la categoría impartida por Universidades públicas o privadas. Los títulos obtenidos en universidades de países que no formen parte de la Unión Europea deberán contar con homologación oficial.
- Si son posteriores a la entrada en vigor de la LOPS (Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias) que estén debidamente acreditados por la Comisión de Formación Continuada.
- Si son anteriores a la entrada en vigor de la LOPS, por actividades formativas de postgrado de carácter sanitario directamente relacionadas con el contenido de la categoría, organizadas o impartidas por la Administración Central, Autonómica, Local, Universidades e Instituciones Sanitarias Públicas, o bien al amparo de los Acuerdos de Formación Continua con las Administraciones Públicas o bien organizadas o impartidas por las organizaciones sindicales, fundaciones, sociedades científicas, colegios profesionales y otras entidades, acreditadas por las Administraciones Sanitarias, siempre que dichas circunstancias consten en el propio título o diploma, o bien se certifiquen debidamente.
- Los cursos de formación se valorarán teniendo en cuenta lo siguiente :
- Formación certificada en créditos ECTS: 0,25 puntos por cada crédito
- Formación certificada en créditos CFC: 0,10 puntos por cada crédito
- Formación certificada en horas: 0,01 puntos por hora
Cuando figuren horas y créditos, la formación continuada se valorará siempre en créditos.
Cuando sólo figuren horas, se podrán acumular distintas acciones formativas para alcanzar el valor de un crédito.
No se tendrán en cuenta aquellas actividades formativas en cuya acreditación no figuren ni horas ni créditos.
Se valorarán también la realización de cursos organizados por las entidades referidas anteriormente, que estén directamente relacionados con la prevención de riesgos laborales, o se refiera a la adquisición de competencias, habilidades y actitudes en materia transversal. Se considera materia transversal: igualdad de género, técnicas de la comunicación, trabajo en equipo, transparencia en el acceso a la información pública, protección de datos, idiomas e informática.
Si dentro de un mes natural se hubieran realizado más de 150 horas de formación continuada, solo podrán computarse 150 horas.
Un mismo curso, aunque se refiera a ediciones distintas, será valorado una sola vez y siempre será el último realizado.
Actividad docentePor servicios prestados como profesor en los cursos de formación continuada del apartado 2.2: 0,20 puntos por cada 10 horas de formación impartida.
Si de un mismo curso se impartieran varias ediciones en un período de un año, solo se valorará una vez.
Investigación- Por trabajos científicos y de investigación publicados en revistas o libros de difusión nacional o internacional, directamente relacionados con la categoría convocada y en función de la aportación del interesado: Primer autor: 0,25 puntos; Resto de autores: 0,10 puntos.
- Respecto de los trabajos publicados en revistas, será necesario presentar copia de las hojas en las que conste el nombre de la revista, el título del trabajo, su autor, fecha de publicación, editorial o institución que lo publica, el depósito legal de la revista y/o el ISSN. En cuanto a los libros y capítulos de libros, la documentación a presentar se limitará a las hojas en las que conste el título del libro, el título del capítulo, el autor, el depósito legal del libro y/o el ISBN, la fecha de publicación y la editorial o institución que lo publica.
- Por la presentación de comunicaciones, ponencias y pósteres en reuniones científicas convocadas por entidades oficiales, sociedades científicas y colegios profesionales, sobre materias relacionadas directamente con la categoría convocada y en función de la aportación del interesado: Primer autor: 0,10 puntos; Resto de autores: 0,05 puntos.
- Se deberá presentar fotocopia del certificado correspondiente en el que conste el título, el autor y la fecha.
Por la superación de la fase de oposición de procesos selectivos derivados de las Ofertas de Empleo Público, convocados por el Servicio Madrileño de Salud para el acceso a plazas de la misma categoría, con un máximo de tres convocatorias: 3,00 puntos por cada una (máximo 9,00 puntos).
A efectos de valoración de este mérito, el primer proceso selectivo a considerar será el convocado por Resolución de 18 de mayo de 2015, de la Dirección General de Recursos Humanos del SERMAS (BOCM), para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Higienista Dental del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.
#J-18808-LjbffrBolsa Única de empleo temporal de Técnico Superior en Higiene Bucodental. Inscripción y aportac[...]
Publicado hace 9 días
Trabajo visto
Descripción Del Trabajo
Descripción
Bolsa de empleo temporal en la categoría de Técnico Superior en Higiene Bucodental para todos los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS).
Plazo y baremación- Plazo: abierto permanentemente.
- Baremación: Valoración de méritos relacionados hasta el 31 de mayo.
- Fecha de corte para la aportación de méritos hasta el 15 de junio.
Tasa No requiere el pago de tasas
Bolsa de empleo- Titulación: Técnico Superior de Higiene Bucodental
- Sistema de selección
- Valoración de méritos
- Más información
Se indican a continuación los requisitos que deberán reunir los aspirantes, y el baremo para la valoración de los méritos.
- Tener nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo u ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores conforme al Tratado de la Unión Europea o a otros tratados ratificados por España, o tener reconocido tal derecho por norma legal. Asimismo, podrá participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
- Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa establecida en las normas de Seguridad Social.
- Tener la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.
- Estar en posesión del título exigido para acceder a la categoría de la bolsa que se convoca.
- No haber sido sancionado con separación del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, en los términos y durante el plazo que se establezca en la legislación que le fuera de aplicación, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial firme para empleo o cargo público por resolución judicial.
- En el caso de las personas nacionales de los otros Estados mencionados en el apartado 1, además de no encontrarse inhabilitados o en situación equivalente, por sanción alguna, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro, deberán no haber sido separados por sanción disciplinaria o equivalente de alguna de sus Administraciones o Servicios Públicos.
- No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada, cualquiera que sea su situación administrativa.
- Acreditar, en el momento de la formalización del nombramiento, no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, así como por trata de seres humanos, mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, o autorizar su consulta por medios electrónicos.
Por servicios prestados, acreditados mediante vida laboral y certificación original expedida en modelo normalizado por el Gerente, Director de Gestión o figura análoga de la institución en la que se hubieran prestado los servicios :
- Por cada mes completo de servicios prestados en la categoría convocada estatutaria, o categoría equivalente como funcionario o laboral en instituciones sanitarias públicas adscritas o dependientes del Sistema Nacional de Salud o de los distintos Servicios de Salud Públicos de la Unión Europea, dentro de la normativa vigente de libre circulación: 0,30 puntos.
- Por cada mes completo de servicios prestados en la categoría convocada o categoría equivalente en Instituciones de Administraciones Públicas diferentes al Sistema Nacional de Salud o diferentes a los distintos Servicios de Salud Pública de la Unión Europea: 0,20 puntos.
- Por cada mes completo de servicios prestados en la categoría convocada en instituciones sanitarias privadas españolas y de la Unión Europea, concesionadas o con concierto asistencial y / o acreditación docente justificados documentalmente, y computados desde la fecha del concierto y / o acreditación, justificados mediante vida laboral y certificado o contrato de trabajo: 0,10 puntos.
- Por cada mes completo de servicios prestados en la categoría convocada en centros sanitarios / sociosanitarios privados, justificados mediante vida laboral y certificado o contrato de trabajo: 0,05 puntos.
Para la valoración del apartado 1 relativo a la "Experiencia profesional" se tendrá en cuenta lo siguiente :
- A efectos de valoración del apartado "Experiencia profesional", un mismo periodo de tiempo no podrá ser objeto de valoración por más de uno de los subapartados, tomándose en consideración el más beneficioso para el solicitante, excepto los servicios prestados a tiempo parcial en un mismo período, que se computarán hasta completar el 100% de la jornada laboral, sin que el exceso de jornada pueda ser valorado.
- El cómputo de los servicios prestados a tiempo parcial se realizará de forma proporcional al tiempo completo, a excepción de los periodos de reducción de jornada por guarda legal de los titulares, que se hará a tiempo completo. Sin embargo, las sustituciones de estas reducciones por guarda legal se valorarán en proporción a la jornada trabajada. Los períodos de permiso de gestación, descanso maternal, lactancia acumulada y permiso de paternidad, así como las situaciones de excedencia por cuidado de hijos o familiares computarán como tiempo trabajado.
- Los servicios prestados con nombramiento para la realización de turnos de atención continuada como personal de refuerzos o guardias, se computarán con el criterio de equivalencia de un mes completo por 140 horas trabajadas en dicho mes, o la parte proporcional que corresponda a la fracción; además se incluirán por el mes de vacaciones, 140 horas o la parte proporcional que corresponda. Si dentro de un mes natural se realizaron más de 140 horas, solamente podrá valorarse un mes, sin que el exceso de horas efectuado pueda ser aplicado para el cómputo de servicios prestados en otro mes. Estos certificados deberán expresarse en horas distribuidas en meses naturales.
- Se entiende por mes el conjunto de 30 días naturales. Para el cómputo de los servicios prestados, se sumarán en días todos los períodos y se dividirán por 30.
Formación continuada (máximo 16 puntos).
Se valorará la realización de cursos de formación continuada dirigidos a la misma categoría profesional, que hayan sido realizados y obtenidos con posterioridad a la fecha de obtención del título de Técnico Superior de Higiene Bucodental o titulación equivalente, siempre que cumplan alguna de las siguientes características :
- Formación directamente relacionada con la categoría impartida por Universidades públicas o privadas. Los títulos obtenidos en universidades de países que no formen parte de la Unión Europea deberán contar con homologación oficial.
- Si son posteriores a la entrada en vigor de la LOPS (Ley de Ordenación de Profesiones Sanitarias) que estén debidamente acreditados por la Comisión de Formación Continuada.
- Si son anteriores a la entrada en vigor de la LOPS, por actividades formativas de postgrado de carácter sanitario directamente relacionadas con el contenido de la categoría, organizadas o impartidas por la Administración Central, Autonómica, Local, Universidades e Instituciones Sanitarias Públicas, o bien al amparo de los Acuerdos de Formación Continua con las Administraciones Públicas o bien organizadas o impartidas por las organizaciones sindicales, fundaciones, sociedades científicas, colegios profesionales y otras entidades, acreditadas por las Administraciones Sanitarias, siempre que dichas circunstancias consten en el propio título o diploma, o bien se certifiquen debidamente.
Los cursos de formación se valorarán teniendo en cuenta lo siguiente :
- Formación certificada en créditos ECTS: 0,25 puntos por cada crédito
- Formación certificada en créditos CFC: 0,10 puntos por cada crédito
- Formación certificada en horas: 0,01 puntos por hora
Cuando figuren horas y créditos, la formación continuada se valorará siempre en créditos.
Cuando sólo figuren horas, se podrán acumular distintas acciones formativas para alcanzar el valor de un crédito.
No se tendrán en cuenta aquellas actividades formativas en cuya acreditación no figuren ni horas ni créditos.
Se valorarán también la realización de cursos organizados por las entidades referidas anteriormente, que estén directamente relacionados con la prevención de riesgos laborales, o se refiera a la adquisición de competencias, habilidades y actitudes en materia transversal. Se considera materia transversal: igualdad de género, técnicas de la comunicación, trabajo en equipo, transparencia en el acceso a la información pública, protección de datos, idiomas e informática.
Si dentro de un mes natural se hubieran realizado más de 150 horas de formación continuada, solo podrán computarse 150 horas.
Un mismo curso, aunque se refiera a ediciones distintas, será valorado una sola vez y siempre será el último realizado.
Actividad docentePor servicios prestados como profesor en los cursos de formación continuada del apartado 2.2: 0,20 puntos por cada 10 horas de formación impartida.
Si de un mismo curso se impartieran varias ediciones en un período de un año, solo se valorará una vez.
Investigación- Por trabajos científicos y de investigación publicados en revistas o libros de difusión nacional o internacional, directamente relacionados con la categoría convocada y en función de la aportación del interesado: Primer autor: 0,25 puntos; Resto de autores: 0,10 puntos.
- Respecto de los trabajos publicados en revistas, será necesario presentar copia de las hojas en las que conste el nombre de la revista, el título del trabajo, su autor, fecha de publicación, editorial o institución que lo publica, el depósito legal de la revista y/o el ISSN. En cuanto a los libros y capítulos de libros, la documentación a presentar se limitará a las hojas en las que conste el título del libro, el título del capítulo, el autor, el depósito legal del libro y/o el ISBN, la fecha de publicación y la editorial o institución que lo publica.
- Por la presentación de comunicaciones, ponencias y pósteres en reuniones científicas convocadas por entidades oficiales, sociedades científicas y colegios profesionales, sobre materias relacionadas directamente con la categoría convocada y en función de la aportación del interesado: Primer autor: 0,10 puntos; Resto de autores: 0,05 puntos.
- Se deberá presentar fotocopia del certificado correspondiente en el que conste el título, el autor y la fecha.
Por la superación de la fase de oposición de procesos selectivos derivados de las Ofertas de Empleo Público, convocados por el Servicio Madrileño de Salud para el acceso a plazas de la misma categoría, con un máximo de tres convocatorias: 3,00 puntos por cada una (máximo 9,00 puntos).
A efectos de valoración de este mérito, el primer proceso selectivo a considerar será el convocado por Resolución de 18 de mayo de 2015, de la Dirección General de Recursos Humanos del SERMAS (BOCM ), para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Higienista Dental del Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid.
#J-18808-LjbffrSé el primero en saberlo
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